La finalidad del informe pericial psicológico es aportar al procedimiento judicial una valoración técnica, objetiva y fundamentada sobre las cuestiones psicológicas relevantes en cada caso.
La intervención puede ser solicitada por la persona denunciante, por la defensa de la persona investigada o acusada, por la acusación particular, por un despacho jurídico o por el órgano judicial competente.
La pericial psicológica no determina por sí misma si los hechos ocurrieron, la credibilidad jurídica de una declaración, la autoría ni la responsabilidad penal. Estas decisiones corresponden al juzgado o tribunal. El informe aporta conocimiento especializado para analizar las consecuencias psicológicas, el funcionamiento de las personas evaluadas y otros aspectos delimitados expresamente en el objeto de la pericia.
Pericial psicológica para la persona denunciante
Cuando la evaluación se realiza a instancia de la persona denunciante, el informe puede centrarse en la valoración del daño psicológico y de las posibles secuelas derivadas de una situación de presunta violencia de género o violencia en la pareja.
La evaluación puede abordar, según las circunstancias del caso:
- Ansiedad, sintomatología postraumática, alteraciones del sueño, miedo, evitación o hipervigilancia.
- Síntomas depresivos, cambios en el estado de ánimo, sentimiento de indefensión o dificultades de adaptación.
- Repercusión de los hechos en la autonomía personal, la vida familiar, social, laboral o económica.
- Evolución clínica, antecedentes relevantes y análisis de factores alternativos que puedan influir en el estado psicológico actual.
- Relación técnica entre la sintomatología apreciada, la información disponible y los hechos objeto de procedimiento, dentro de los límites de la evaluación forense.
- Valoración del daño psíquico, secuelas psicológicas y necesidad de tratamiento, cuando sea pertinente.
El dictamen puede ser útil en procedimientos penales, en cuestiones vinculadas a responsabilidad civil y para la valoración del daño psicológico alegado.
Pericial psicológica para la defensa
A petición de la defensa de la persona investigada o acusada, puede elaborarse un informe pericial psicológico de parte orientado a analizar las cuestiones psicológicas concretas planteadas en el procedimiento.
El alcance de la evaluación se acuerda con precisión antes de iniciar el trabajo y puede comprender:
- Evaluación psicológica forense de la persona investigada o acusada.
- Análisis del funcionamiento psicológico, historia personal, antecedentes clínicos y circunstancias relevantes para el objeto pericial.
- Revisión técnica de autos, denuncias, declaraciones, informes médicos, psicológicos, psiquiátricos y otros documentos incorporados a la causa.
- Revisión crítica de informes periciales previos, cuando resulte procedente.
- Análisis de factores de riesgo, factores de protección y variables contextuales relevantes, siempre ajustado a la pregunta pericial.
- Elaboración de una contrapericial psicológica en violencia de género, cuando sea técnicamente viable y pertinente.
- Preparación del informe para su posible ratificación en juicio oral.
El objetivo es proporcionar a la defensa penal un dictamen psicológico riguroso, delimitado y comprensible, sin emitir conclusiones que excedan el alcance técnico de la psicología forense.
Evaluación del riesgo de violencia
En los casos en que el objeto de la pericial sea la valoración del riesgo de violencia de género en la pareja, la evaluación se centra en identificar y analizar factores relevantes para estimar el riesgo de nuevas agresiones, especialmente cuando exista preocupación por violencia grave o letal.
Esta valoración exige una metodología específica, análisis de diversas fuentes de información y especial cautela en la formulación de conclusiones. Las guías especializadas del CGPJ y de la psicología forense recomiendan una evaluación secuencial, coordinada y basada en los datos disponibles, con atención a los factores de riesgo y a las medidas de prevención y protección cuando procedan.
La valoración del riesgo no constituye una predicción infalible del comportamiento futuro. Es una estimación profesional, razonada y limitada por la calidad y la disponibilidad de la información evaluada.
Metodología pericial
La metodología se diseña de forma individualizada según el objeto de la pericial, la fase del procedimiento y la documentación disponible. Puede incluir:
- Entrevistas clínico-forenses.
- Revisión de autos judiciales, denuncias, atestados, declaraciones y resoluciones relevantes.
- Análisis de informes médicos, psicológicos, psiquiátricos, sociales y laborales.
- Aplicación de instrumentos psicométricos o protocolos de valoración cuando estén indicados.
- Integración de fuentes de información y análisis de hipótesis alternativas.
- Elaboración de informe pericial psicológico para juzgado o tribunal.
- Ratificación y defensa técnica del informe en juicio oral, cuando sea requerida.
Indicado para
Servicio dirigido a abogados penalistas y de familia, despachos jurídicos, personas denunciantes, personas investigadas o acusadas, acusaciones particulares, juzgados y profesionales que requieran un psicólogo forense especializado en violencia de género en Madrid o en el resto de España.
La consulta inicial permite delimitar la pregunta pericial, revisar la documentación disponible y valorar la adecuación de la intervención al procedimiento concreto. Puede solicitarse a través de la página de contacto.



